ROCE DE OPINIONES
Periodismo sin condiciones
Escribe Juan Manuel Morales Parra
ESTE ES UN DELITO ELECTORAL
No cabe duda que, los delitos electorales en las campañas
proselitistas empañan la sana voluntad de los ciudadanos de acercarse a las
urnas a depositar el voto que debe ser universal, libre, directo, personal,
secreto e intransferible.
Por consiguiente, caer en alguno de los 16 delitos electorales
consignados en el Código Penal Colombiano, ampliamente dados a conocer por el
Consejo Nacional Electoral y la Registraduría Nacional del Estado Civil,
establece una infamia contra nuestra democracia.
Uno de esos 16 delitos electorales, está contemplado en el
Artículo 387 del Código Penal Colombiano titulado Constreñimiento al
Sufragante: “El que amenace o presione por cualquier medio a un sufragante con
el fin de obtener apoyo o votación por determinado candidato o lista de
candidatos, voto en blanco o por los mismos medios le impida el libre ejercicio
del derecho al sufragio, incurrirá en prisión de 4 a 9 años y multa de 50 a 200
salarios mínimos legales mensuales vigentes. La pena se aumentará de la mitad
al doble cuando la conducta sea realizada por un servidor público”
Conforme a lo antes escrito, y acorde a las posibles presiones que
se puedan presentar, y ejercidas por algunos superiores jerárquicos de la gobernaciones
o alcaldías, contra funcionarios y contratistas de las mismas entidades,
resulta de suma importancia que, la Fiscalía General de la Nación y su grupo de
fiscales especializados en delitos electorales pongan la lupa, sigan la huella
y aumenten las capacidades técnicas para investigar y determinar si en algún
momento, se presentan este tipo de irregularidades, que cuenten con todo el
acervo probatorio.
De trascendental importancia tener en cuenta que, probablemente,
se puedan presentar escenas en las que, se cometan delitos electorales y no
sean denunciados, o presentarse denuncias de delitos no cometidos, significando
con ello que, sólo la inmensa minoría de ciudadanos notan con claridad, en
casos particulares, actuaciones irregulares.
De análoga manera, los organismos de control deben mirar con ojo
de águila, las nuevas contrataciones por prestación de servicios, celebradas
entre las entidades del Estado y las empresas privadas o personas naturales.
Además, observar con mucho detenimiento, la renovación de contratos, con
incrementos exagerados en el valor y los plazos de ejecución; muy común en
temporada electoral, beneficiando a los contratistas.
Lo importante de esas averiguaciones que efectúen los entes de
control y vigilancia, es que, puedan constatar la realidad de esas nuevas
obligaciones contractuales, verificando, asimismo, quienes direccionan y cómo
justifican esos contratos de prestación de servicios, sin que afecte el
sostenimiento financiero a largo plazo de las entidades oficiales y sin que
hayan quedado condicionados a los resultados electorales del 8 de marzo de
2026, día de las votaciones.
Señores secretarios de despacho y gerentes de entidades descentralizadas
(Gobernación y Alcaldía) ustedes, que quizá, se encuentran en alto riesgo de
ser presionados por sus jefes políticos para aumentar las cuotas burocráticas
en las entidades antes citadas, eviten al máximo acolitar estas horribles y
acostumbradas prácticas politiqueras.
Señores contratistas, si ustedes, se sienten presionados por sus
superiores jerárquicos para votar ¡denuncien!
Estas entidades no se pueden convertir en “bodeguitas” o en
empresas productoras de votos.
SONAJAS POLÍTICAS
FRACASARON LAS PRETENSIONES
Según fuentes de total credibilidad, estos convenios no
pelecharon, debido a que, la máxima dirigencia del Partido Liberal a nivel
nacional, ya conformó la lista de los probables candidatos a la Cámara de
Representantes por Caldas. No obstante, la puerta sigue abierta, y Orley
Trujillo Echeverri, presidente del Partido ASI en Caldas, sin ningún afán,
sigue escuchando a los oferentes de otras colectividades.
¿Qué directivos de organizaciones políticas en Caldas persuadirán
a Orley?
Por eso, muchas personas en la calle afirman que, Orley continúa
siendo “El Rey”.
TRABAJO MERITORIO DE “JOHN BANDA SHOW”
Aunque maneja escasos recursos, hace la tarea con excelsas
calidades y con amor por Manizales.
Buscando alianzas estratégicas, “John Banda Show”, ha logrado
impulsar y fortalecer las bandas marciales en nuestro territorio, enfocando su
labor, en el reforzamiento cultural de la población infantil y juvenil.
¡Acciones de gran impacto social!
La faena musical, la combina con la parte política.
Inició su trabajo político en el Movimiento de Salvación Nacional,
al lado de Luis Emilio Sierra Grajales, luego ingresó al Partido Liberal
Colombiano, y en el año 2.019, aspiró al Concejo de Manizales por el Partido
ASI. Obtuvo 494 votos. En el año 2022, estuvo en el Partido Nuevo Liberalismo y
acompañó la candidatura de Juan Sebastián Gómez González a la Cámara de
Representantes. En los comicios del año 2023, apoyó al actual alcalde de
Manizales Jorge Eduardo Rojas Giraldo. Actualmente, militante del Partido de la
U, al lado del diputado John Fredy Arenas Monsalve, posible candidato al
Congreso de la República.
Los amigos de John Quintero “John Banda Show”, le insisten que,
aspire a llenar uno de los renglones de la lista a la Cámara de Representantes
por el Partido de la U. Pero, “John Banda Show” prefiere seguir marchando con
firmeza, llevando la batuta y moviendo los trapos del Partido de la U, al lado
del asambleísta John Fredy Arenas.
MATEO HIDALGO, QUEDÓ BIEN ARROPADO
Además, en esta reunión, estuvo presente la concejala María
Constanza Montoya Naranjo, madre de Mateo.
Hidalgo Montoya, tiene su título de abogado con maestría en
derecho público y sumo grado en inglés de la Universidad Santa Bárbara City
College – California EUA. En la faceta laboral ocupó el cargo de
secretario Privado de la Presidencia de la empresa GENSA, y estuvo vinculado
con la Federación Colombiana de Fútbol, además, asesor en el Congreso de la
República. En la actualidad, está dedicado a recorrer los municipios del
departamento de Caldas para ir sumando votos, aunque su potencial electoral, lo
centra en la comunidad universitaria.
Valga anotar que, Mateo Hidalgo, se ha sentado a escuchar a sus
jefes políticos, quienes lo están animando para que trabaje con ímpetu la
campaña al Congreso.
Muchos estudiantes universitarios aplauden esta candidatura, ya
que, Mateo, da muestras de ser un gran competidor.
Con ese madrinazgo político y haciendo sonar su nombre, Mateo se
sabe arrimar.
EDILES DE MANIZALES RECIBEN HONORARIOS
El Artículo 2º modifica el artículo 42 de la Ley 1551 de 2012 y
adiciona:
ARTÍCULO 42 J.A.L. En cada una de las comunas o corregimientos
habrá una J.A.L. integrada por no menos de tres (3) ni más de nueve (9)
miembros, elegidos por votación popular para periodos de cuatro (4) años, que
deberán coincidir con el periodo del alcalde y de los Concejos municipales.
Los honorarios se establecerán por iniciativa de los alcaldes,
presentando ante el Concejo de cada municipalidad, los proyectos de acuerdo
ajustados a dicha Ley.
El 15 de agosto del año 2.021 en sesión celebrada en el Concejo de
Manizales, los cabildantes pertenecientes a las Comisiones Segunda y Tercera
aprobaron el Proyecto de acuerdo Nº 055 por medio del cual se autorizó al
alcalde de Manizales, pagar a los ediles activos del área urbana y rural los
honorarios respectivos. igualmente, el 19 de agosto de ese mismo año y en
sesión plenaria se aprobó el reconocimiento de honorarios a los ediles.
Los honorarios para los miembros de las Juntas Administradoras
Locales no podrán superar las dos (2) Unidades de Valor Tributario (U.V.T) por
asistencia a las sesiones plenarias y a Comisiones, (80 sesiones ordinarias y
20 sesiones extraordinarias en el año). Esto equivale a lo siguiente: la Unidad
de Valor Tributario (U.V.T.) para el año 2025, está en cuarenta y nueve mil
setecientos noventa y nueve pesos ($49.799=). Como el alcalde Jorge Eduardo
Rojas Giraldo, en el mes de enero de 2024, presentó ante el Concejo un proyecto
para incrementar a dos (2) unidades (U.V.T) y el cual fue aprobado en sesiones
ordinarias, cada edil recibe por sesión asistida, la suma de: noventa y nueve
mil quinientos noventa y ocho pesos M/cte. ($99.598=).
Haciendo la operación matemática, el valor promedio mensual que
percibe un edil es de: ochocientos veintinueve mil novecientos ochenta y tres
pesos M/cte. ($829.983=); siempre y cuando cumpla lo que exige la Ley.
La ausencia injustificada en cada periodo mensual de sesiones o
por lo menos a la tercera parte de ellas, excluirá al miembro de la J.A.L de
los beneficios contemplados en el Artículo 2º de la presente Ley.
El soporte económico del cual se genera la financiación de los
honorarios, debe ser de los ingresos corrientes de libre destinación que el
municipio tenga establecidos en su respectivo presupuesto.
Parágrafo 3º En los Concejos de gobierno municipal deberá
convocarse al representante de las J.A.L. escogido por estas entre sus
presidentes, quien tendrá derecho a voz.
El Gobierno Nacional, junto con las gobernaciones y los
municipios, adelantarán programas de capacitación y formación para los miembros
de las JAL en las diferentes comunas y corregimientos del país, con el ánimo de
asegurar el conocimiento necesario en el cumplimiento de sus funciones.
El proyecto de acuerdo Nº 055 ajustado a la Ley 2086 de marzo 4 de
2021 empezó a regir desde el 1 de enero de 2.022.
¡Ojalá! que los ediles hagan un verdadero control político, y
sirvan de ejemplo para aquellos concejales que sufren de metamorfosis cuando
escuchan la palabra burocracia.
Si anteriormente, los ediles no recibían honorarios y había una
masiva participación de candidatos a las JAL, ahora que reciben honorarios,
¿Cuántos candidatos se seguirán presentando a las JAL en las elecciones
territoriales?
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